Preguntas y respuestas acerca de las medidas laborales del Covid-19

La situación de alarma en la que nos encontramos nos presenta muchos nuevos escenarios en el ámbito laboral que pueden presentarnos dudas e incertidumbre. Aquí os dejamos algunas de las preguntas que se repiten con más frecuencia en la actualidad.

 

1. ¿Mi empresa puede hacer un ERTE?

Un ERTE es un expediente de regulación temporal del empleo, que puede consistir bien en una suspensión del contrato de trabajo o bien en una reducción de la jornada.

Un ERTE se puede presentar en los casos siguientes:

  • Fuerza mayor: pérdidas de actividad derivadas de las diferentes medidas gubernativas adoptadas a consecuencia del Covid-19 (incluida la declaración del estado de alarma) que impidan gravemente a la empresa continuar con su actividad. Por ejemplo: suspensión o cancelación de actividades, restricciones en la movilidad de las personas y/o las mercancías a nivel nacional e internacional o limitaciones en el transporte público, entre otras. O situaciones urgentes y extraordinarias debidas al contagio de la plantilla o a la adopción de medidas de aislamiento preventivo decretadas por la autoridad sanitaria, que queden debidamente acreditadas.
  • Causas productivas: por ejemplo, caída de la producción en casos diferentes a los de fuerza mayor.

2. Soy trabajador de un establecimiento que ha cerrado por fuerza mayor. ¿La empresa me puede hacer un ERTE?

Podrá hacer un ERTE por fuerza mayor cuando la empresa presente pérdidas de actividad derivadas de las diferentes medidas gubernativas adoptadas a consecuencia del Covid-19 (incluida la declaración del estado de alarma) que impidan gravemente a la empresa continuar con su actividad.

  • Por ejemplo: suspensión o cancelación de actividades, restricciones en la movilidad de las personas y/o las mercancías a nivel nacional e internacional o limitaciones en el transporte público, entre otras.


3. En caso de ERTE, cuánto cobraré?

El 70% de tu cotización mediana de los últimos 180 días cotizados (o del periodo anterior a tu situación de paro derivada del COVID19). Cobrarás durante todo el tiempo que dure lo ERTE.

4. Y si el ERTE dura más de 180 días?

A partir del día 181, en lugar del 70% de tu cotización mediana, la prestación se calculará con el 50% de la cotización mediana.

5. Soy fijo discontinuo, trabajo en la hostelería y me han interrumpido el contrato de acuerdo con el Convenio colectivo. ¿Qué debo hacer?

Contacta con los representantes legales de los trabajadores de tu empresa, o en todo caso, con los sindicatos. La empresa tiene que hacer uno ERTE, no puede interrumpir tu relación contractual según el Convenio Colectivo.

Si la empresa finaliza tu actividad antes del previsto, lo SEPE te reposará la prestación por paro hasta 90.

6. Y si soy trabajador/a de una cooperativa?

El SEPE ha anunciado que se aplican las mismas medidas que para las personas trabajadoras afectadas por uno ERTE.

7. La empresa me ha dado vacaciones forzadas. ¿Es legal?

No, la empresa no puede modificar el calendario pactado de vacaciones. Si esto se produce, puede interponer una denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

8. Si mi empresa ha cerrado voluntariamente, ¿se pueden acoger a estas ayudas?

En caso de querer cerrar, su empresa tendrá que llevar a cabo un expediente de regulación temporal de empleo. En caso contrario, contacte con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que puede sancionar a la empresa por esta conducta.

9. Si la empresa continúa la actividad, ¿qué derechos tengo?

Si la empresa no aplica un ERTE y continúa la actividad, tendrá que garantizar su seguridad y salud en el entorno laboral. Preferiblemente, tendrá que aplicar medidas de flexibilidad como el teletrabajo. Si tiene alguna duda, contacte con el Instituto Balear de Seguridad y Salud Laboral.

10. Puedo pedir medidas de conciliación a la empresa?

Sí, con el Real decreto ley que se aprobó el pasado 17 de marzo lo puedes hacer

• Tienes derecho a trabajar a distancia

Para hacerlo, las empresas tienen que reorganizar el trabajo y adoptar medidas de flexibilización para que no tengas que ir a tu lugar de trabajo.

• Tienes derecho a la adaptación de tu horario y la reducción de jornada

Si cuidas tu cónyuge o pareja de hecho, familiares con hasta el segundo grado de consanguinidad. Esto implica que puedes pedir un cambio de turno, un horario flexible, jornada partida, etc. Es un derecho individual: tú tienes que hacer la propuesta y llegar a un acuerdo con la empresa.

11. Tenía cita con el Servicio de Empleo de las Illes Balears (SOIB). ¿Debo acudir?

Cuando pida cita a su oficina de empleo, le llamaremos por teléfono para, siempre que sea posible, atenderle telefónicamente con apoyo telemático para que no se tenga que desplazar a la oficina. Recuerde que puede pedir cita a través de la aplicación de cita previa del SOIB, en el web soib.es o llamando al 971 225 791.

12. Estoy cobrando un subsidio, ¿lo perderé si no voy a la oficina del SEPE?

Durante el tiempo que dure el estado de alarma, presentar solicitudes de alta o de reanudación de las prestaciones o subsidios de paro fuera de los plazos establecidos legalmente no implicará que se reduzca el derecho a recibirla.

Además, el SEPE puede prorrogar automáticamente el derecho a recibir un subsidio de paro para evitar que el hecho de no presentar la solicitud suponga perder la ayuda. En el caso del subsidio para mayores de 52 años, no se interrumpirá el pago del subsidio ni la cotización a la Seguridad Social aunque se presente la declaración anual de rentas fuera de plazo.

13. Tenía que empezar a trabajar y la empresa me ha dicho que no vaya. ¿Qué hago?

La empresa debe especificarle los motivos por los que no le llaman. En caso de hacer un ERTE, los fijos discontinuos se incluyen en el expediente y tendrán acceso a prestación. Si le despiden sin hacer un ERTE, Inspección de Trabajo puede intervenir y sancionar: hable con sus representantes sindicales.

14. ¿Y si estoy haciendo un curso de formación del SOIB?

Si eres una persona que está cursando un curso de certificados de profesionalidad, estos quedan suspendidos entre, en principio, el 16 de marzo y el 27 de marzo. Si estás cobrando una beca para asistir a esta formación, tus ausencias contarán como justificadas.

15. Me tocaba sellar mi demanda estos días. ¿Cómo debo hacerlo?

No tiene que hacer nada. Desde el SOIB renovaremos de manera automática todas las demandas desde el 16 de marzo hasta el 30 de abril. Si todavía le quedan dudas, puede llamar por teléfono directamente a su oficina. Encontrará todos los teléfonos aquí.

16. ¿Qué puedo hacer desde casa si me han despedido?

Si alguna vez te has inscrito al SOIB y has dado tu número de móvil, hay ciertos trámites que puedes hacer en linea, como darte de alta o cambiar los datos de la demanda. Tienes toda la información en nuestra web. También puedes pedir cita a través de la aplicación de cita previa del Gobierno, del web del SOIB o del 971225791 (012) y te llamaremos en orden de cita previa.

17. Me han despedido. ¿Qué hago?

La empresa le tiene que especificar los motivos de su baja. Tampoco le puede dar de baja sin notificárselo. Si le despiden sin hacer  un ERTE, Inspección de Trabajo puede intervenir y sancionar: hable con sus representantes sindicales.

18. La empresa quiere hacer un ERTE. ¿Qué debo hacer?

No es necesario que vayas a tu oficina del SOIB ni que pidas cita, te tramitaremos automáticamente el alta de manera telemática y te enviaremos la tarjeta de demandante por correo electrónico o por correo postal. Tienes derecho a prestación por paro y el SEPE también la tramitará sin que tengas que hacer nada: será automático. Cobrarás prestación, pero no consumirás paro. Tu contrato queda en suspensión y, cuando acabe el periodo del ERTE, volverás a tu puesto de trabajo con las mismas condiciones.

19. Soy fijo discontinuo, todavía no me tocaba empezar y la empresa hace un ERTE, ¿entro?

Sí. La empresa te tiene que llamar cuando esté previsto que empieces a trabajar e incluirte al ERTE.

20. Estoy de baja por maternidad/paternidad y la empresa donde trabajo aprueba un ERTE, ¿qué tengo que hacer?

La empresa te tiene que incorporar a la ERTE. Cobrarás la baja y cuando acabes la baja si el ERTE todavía sigue vigente, pasarás a cobrar prestación (pero sin consumir paro y a pesar de no cumplas con el mínimo de tiempo cotizado).

21. Estoy de baja por incapacidad temporal, ¿la empresa me tiene que incluir a la ERTE?

Sí, porque cuando acabes la baja pasarás a cobrar el paro.

Para más información, los trabajadores deberán informarse a través de las correspondientes organizaciones sindicales.

 

FUENTE: GOIB

Nueva línea de atención telefónica 900 101 798 para resolver dudas sobre las medidas económicas y laborales aprobadas

Las consejerías de  Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y de Administraciones Públicas y Modernización han puesto en funcionamiento el servicio telefónico 900 101 798 con el objetivo de resolver las dudas de la ciudadanía sobre las medidas económicas y laborales acordadas para ayudar a paliar los efectos del COVID-19.

El horario de atención al público de la nueva línea es de 8 a 20 horas, de lunes a viernes y los sábados de 9 a 14.30 h.

Las dudas laborales y empresariales se atenderán en estos correos:

Por otro lado, también se puede consultar la página web MEDIDAS COVID-19 EMPRESAS –TRABAJADORES donde hay información en el mismo sentido que se va actualizando.

Govern y sector de la construcción definen las condiciones de la actividad durante el estado de alarma

El Gobierno de las Islas Baleares y los representantes económicos, sociales y profesionales del sector de la construcción y las entidades locales han trabajando conjuntamente en la redacción de una orden que articula las medidas preventivas que se deben seguir en la actividad de la construcción con todas las garantías de seguridad laboral y de salud para los trabajadores. La vigilancia de las medidas de protección así como la obligatoriedad de la jornada continuada en el sector a partir de ahora son algunas de las medidas que incluye la orden propuesta por las consellerias de Movilidad y Vivienda, Modelo Económico, Turismo y Trabajo y salud y Consumo y que se firmará en breve.

En una reunión por videoconferencia que ha presidido esta tarde el consejero de Movilidad y Vivienda, Marc Pons, se ha concretado ya las directrices que debe regir el desarrollo de esta actividad. Hay que recordar que el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo de declaración del estado de alarma por Covidien-19 no paraliza, entre otros, la actividad de la construcción. En cumplimiento de este decreto y para responder a las incertidumbres sobre la manera en que se debía seguir con la actividad, el Gobierno y todos los agentes ligados al sector de la construcción, han trabajado conjuntamente para definir las condiciones y dar un marco a seguir por parte de las empresas y trabajadores.

Durante la reunión, el consejero ha asegurado que la orden es necesaria para aclarar cómo se debe llevar a cabo la actividad con todas las garantías y ha agradecido la implicación del sector en su redacción.

Al mismo tiempo -aunque atendiendo las peticiones del sector- ha mostrado su compromiso a trasladar mañana al ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos, los problemas que se plantean desde el sector por el mantenimiento de la actividad como, por ejemplo, las dificultades que pueden tener muchas empresas para mantenerse por las dudas de si pueden o no optar a hacer ERTE manteniendo la actividad o las eventuales responsabilidades de los directores de obras, entre otras cuestiones.

Las empresas deben cumplir las directrices que incluye el orden y son aplicables tanto a todos sus trabajadores y trabajadoras y de las subcontratas con las que puedan trabajar. Estas medidas las deben seguir también los técnicos que puntualmente se desplazan a la obra (arquitecto director de las obras, aparejador, ingenieros …)

 

Las principales medidas sobre la organización de la actividad son:

-Se han de establecer jornadas de trabajo continuadas

-Los trabajadores deben estar a una distancia de dos metros. Para ello se ha de revisar y reorganizar la planificación de las tareas que se pueden llevar a cabo.

-Deben ser el mínimo tiempo posible en la calle

-Se fijarán turnos para las comidas

-Los trabajadores tienen que desplazar individualmente a la obra

(Excepción: proveedores de mercancía que pueden ir dos dentro del camión cuando sea necesario)

-Se ha de llevar un registro diario de todas las personas que entren en la obra (proveedores, dirección facultativa de la obra, propiedad, comerciales …)

-Se fijarán paneles informativos en varios puntos de la obra con las recomendaciones básicas de prevención de contagio de corona virus

-Se establece zonas de limpieza con agua, jabón y papel secante o solución hidroalcohólica para el lavado de manos

-Incremento de la limpieza y desinfección de las instalaciones de oficinas y también de las herramientas de trabajo.

 

Medidas preventivas que deben adoptar los trabajadores y trabajadoras:

-Además de cumplir con las recomendaciones de higiene sanitaria que se recogerán los carteles, deben tomar también medidas preventivas individuales:

-Tomar la temperatura diariamente antes de ir al trabajo

-Mantener la distancia de seguridad de 2 metros

Lavarse las manos a menudo a los puntos que se instalarán

-Contribuir al mantenimiento limpio de las instalaciones y herramientas

-Emplear guantes y no compartir con los compañeros equipos de protección o cubiertos, vasos o bebidas.

 

Qué hacer en casos de sospecha:

En el caso de que un trabajador conviva o lo haya hecho con una persona que se haya infectado, si tiene síntomas o fiebre, lo comunicará a su responsable directo, además de quedarse en casa y llamar al 061 y seguir las instrucciones de la autoridad sanitaria.

Si es la empresa la que tiene conocimiento de una situación así y el trabajador se encuentra en la obra, será aislado y se dará aviso al 061 y no se podrá reanudar la actividad hasta que las autoridades sanitaria y el servicio de protección de la empresa establezcan las condiciones

Estas medidas las deben seguir también los técnicos que puntualmente se desplazan a la obra (arquitecto director de las obras, aparejador, ingenieros …)

El coordinador de seguridad y salud es el encargado de comprobar que se cumplen todos los requisitos y, en caso de incumplimiento, se reclamará al contratista su rectificación y si se reitera el incumplimiento se pondrán los hechos en conocimiento de las autoridades, que podrán proceder a la suspensión de la actividad.

El consejero ha estado acompañado del director general de Vivienda del Gobierno, Eduardo Robsy, el director general de Arquitectura y Rehabilitación, Bernat Roig, la gerente del Ibavi, Cristina Ballester, y del director del Instituto de Seguridad y Salud laboral IBASSAL, Rubén Castro.

En la reunión han participado: Colegio Oficial de Arquitectos de las Islas Baleares, Marta Vall-Llosera; Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de las Islas Baleares, representado por la isla de Mallorca (Dani Tur), Menorca (Miguel Ángel Sicilia), y Ibiza (José Luis Rodríguez); el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de las Islas Baleares, Antonio Luengo; el Colegio de Ingenieros Industriales, Alfredo Arias; la Asociación de Constructores de Baleares, Eduardo López, Sandra Verger, Óscar Carreras y Clemente Olives, Presidente de la Fundación Laboral de la Construcción; Proinba, Luís Martín; UGT, Sónia Mete; CCOO, Francisco Lahilla; FELIB, Antoni Salas. Han participado también en las diferentes reuniones la Delegación de Gobierno, Ramon Morey; el consejero de Movilidad e Infraestructuras del Consejo de Mallorca, Iván Sevilano; y el director general de Consumo del Gobierno, Félix Alonso.

 

FUENTE: GOIB

Nuevos programas formativos gratuitos online

Addeco Group ha puesto a disposición, durante dos meses y de manera completamente gratuita, una amplia gama de programas formativos que te ayudarán a completar tu perfil académico.

En total hay más de 70 formaciones disponibles, que abarcan los ámbitos de:

  • Idiomas.
  • Habilidades personales.
  • Comunicación.
  • Competencias digitales.
  • Desarrollo de negocio.
  • Liderazgo positivo.
  • Gestión y equipos.
  • Productividad.
  • Bienestar y seguridad.

Para acceder al programa formativo visita su página web: https://empresas.adecco.es/adeccopropositoformacion/

 

Ofertas de empleo semana del 23 al 29 de marzo

4125 Repartidor
4126 Limpiador/a
4127 Ventas y Marketing
4128 Comercial
4129 Repartidor/a con vehículo propio
4130 Repartidor/a
4131 Repartidor/a
4132 Agente comercial
4133 Ayudante de dependiente/a
4134 Mozo/a de almacén para bloque logístico Mercadona
4135 Albañil oficial de 1ª
4136 Repartidor/a paquetería
4137 Camarero/a de pisos
4138 Camarero/a y barman
4139 Limpiador/a centro residencial Domus VI
4140 Operador/a de teleasistencia
4141 Encuestador/a de calidad
4142 Esteticista
4143 Ayudante de cocina
4144 Cosedor/a
4145 Teleoperador/a
4146 Gestor/a de recepción centro médico
4147 Conductor/a – repartidor/a
4148 Chofer repartidor/a
4149 Comercial de venta
4150 Comercial
4151 Conductor/a – montador/a
4152 Oficial albañilería
4153 Comercial
4154 Asesor/a comercial
4155 Personal servicio técnico
4156 Externo/a para cuidado de mayores
4157 Jardineros/as
4158 Repartidor/a
4159 Ayudante de lavandería
4160 Estilista peluquería
4161 Personal de supermercado
4162 Oficial fontanería
4163 Atención al cliente
4164 Oficial 1ª en piscinas
4165 Camarero/a / Ayudante de camarero/a
4166 Operador/a venta telefónica
4167 Recepcionista hotel vacacional
4168 Técnico/a de limpieza
4169 Limpiadores/as urgente
4170 Operario/a de almacén farmacéutico
4171 Comercial
4172 Servicio técnico
4173 Agente asistencia seguros de deceso
4174 Telemarketing seguros
4175 2 cocineros para Palma y Manacor
4176 Vigilante de seguridad
4177 Dependiente/a valorables certificado de discapacidad
4178 Friegapaltos
4179 Camarero/a hotel eventos
4180 Inventarista
4181 Peón de mantenimiento
4182 Agente de Call Center
4183 Ayudantes de cocina
4184 Ayudante agrícola y de ganadería
4185 Comercial
4186 Oficiales 1ª, 2ª y 3ª de Clima, Fontanería y Frigorista
4187 Promotor/a stand
4188 Personal para taller de mobiliario metálico
4189 Aesores/as técnicos/as
4190 Oficial 1ª
4191 Oficial 1ª, albañil, pintor/a, pladur
4192 Personal supermercado
4193 Cuidadora/o de Personas Mayores
4194 Comercial inmobiliaria
4195 Oficial impermeabilización
4196 Costurero/a con inglés
4197 Servicio técnico
4198 Operario/a para cantera de marés

ACCIONES FORMATIVAS GRATUITAS SECTOR HOSTELERÍA

Estos cursos son para personas ocupadas pero pueden admitirse algunas personas desocupadas, en caso de que no se cubran las plazas necesarias con trabajadores/as ocupados/as. Uno de los cursos es de modalidad on-line y el otro presencial, este segundo se encontrará sujeto a la emergencia sanitaria que vivimos, podéis consultar todos los detalles con la persona de contacto que figura más abajo.

ACCIÓN FORMATIVA: SANP017PO MENÚS PARA DIETAS ESPECIALES DURACIÓN: 12horas.

MODALIDAD: ONLINE

OBJETIVO GENERAL: Elaborar distintos tipos de menú en función de las características y/o costumbres alimentarias del destinatario, realizando una correcta manipulación y etiquetado de los alimentos y siendo conscientes de la importancia de estas acciones, de cara a evitar posibles situaciones de peligro.

CONTENIDOS FORMATIVOS:
2. ASPECTOS BÁSICOS EN LA ELABORACIÓN DE MENÚS

1.1.  Análisis de los alimentos: La pirámide nutricional

1.2.  Requisitos nutricionales de los alimentos: El valor energético

1.3.  Necesidades nutricionales de los jóvenes según edad y actividad física

1.4.  Composición y variedad de menús

1.5.  Elaboración del menú adecuado

1.6.  Tiempo y conservación de los menús elaborados

2.  DIETAS ESPECIALES

2.1.  Menús especiales: Diabéticos

2.2.  Menús especiales: Alergias e intolerancias alimentarias

2.2.1.  Qué pueden tomar

2.2.2.  Qué no pueden tomar

2.2.3.  Qué pueden tomar de forma ocasional

2.3.  Menús especiales: Origen étnico

2.4.  Menús especiales: Vegetarianos

2.5.  La importancia del etiquetado de los alimentos

2.6.  Medidas de prevención en la manipulación de alimentos en la cocina

Persona de contacto: Marina Pons  – 971009820 – marina.pons@ibecon.org

 

ACCIÓN FORMATIVA: SANP034PO SALUD, NUTRICIO Y DIETETICA DURACIÓN: 50horas.

MODALIDAD: PRESENCIAL

OBJETIVO GENERAL: Diseñar dietas específicas para cada situación, en cuanto a estado de salud y etapa de la vida, en base a las necesidades del organismo y aspectos nutricionales.

CONTENIDOS FORMATIVOS:
 
  1. ANATOMÍA Y FISIOPATOLOGÍA DE LOS APARATOS DIGESTIVO Y ENDOCRINO.

1.1.   El sistema digestivo.

1.2.   Patologías digestivas.

1.3.   El sistema endocrino.

1.4.   Patologías endocrinas.

2.  ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN.

2.1.   Principios de Nutrición.

2.2.   Carbohidratos y fibra dietética.

2.3.   Lípidos.

2.4.   Proteínas.

2.5.   Vitaminas.

2.6.   Minerales.

2.7.   El agua.

2.8.   Proceso de la nutrición.

3.  GRUPOS DE ALIMENTOS.

3.1.   Los alimentos y su composición.

3.2.   Clasificación de los alimentos.

3.3.   Alimentos de servicio.

3.4.   Alimentos nuevos.

3.5.   Aditivos alimentarios.

3.6.   Leche y productos lácteos.

3.7.   Carnes, huevos y pescados.

3.8.   Legumbres, tubérculos y frutos secos.

3.9.   Hortalizas y frutas.

3.10.   Grasas y aceites.

4.  ALIMENTACIÓN Y SALUD.

4.1.   Alimentación saludable.

4.2.   Normas que rigen el equilibrio nutritivo.

4.3.   Características del equilibrio nutritivo.

4.4.   Principales relaciones entre energía y nutrientes.

4.5.   Equilibrio alimentar

4.6.   Guías alimentarias o dietéticas.

4.7.   Dieta mediterránea.

4.8.  Importancia de la alimentación y su relación con la salud.

4.9.   Mitos y errores sobre la limitación.

5.  DIETAS EN LAS DIFERENTES ETAPAS DE LA VIDA.

5.1.   Alimentación en la mujer adulta.

5.2.   Alimentación infantil.

5.3.   Alimentación en la adolescencia.

5.4.   Alimentación en la tercera edad.

6.  DIETAS TERAPÉUTICAS.

6.1.   Dietoterapia.

6.2.   Dieta de protección gástrica.

6.3.   Dieta astringente.

6.4.  Dieta para pacientes diabéticos insulinodependientes o con hipoglucemias orales.

6.5.   Dieta hipocalórica.

6.6.   Dieta para la insuficiencia renal crónica.

6.7.   Dieta de protección biliar.

6.8.   Dieta para dislipemias.

6.9.   Dieta baja en sodio.

6.10.   Nutrición enteral y parenteral.

Persona de contacto: Marina Pons  – 971009820 – marina.pons@ibecon.org  

Se convocan las pruebas de constatación de la competencia profesional para ejercer las actividades de transporte interior e internacional de viajeros y mercancías, que se tienen que llevar a cabo en el ámbito territorial de Mallorca y Formentera en 2020

Se convocan las pruebas para la constatación de la competencia profesional para el ejercicio de las actividades de transporte interior e internacional de mercancías y de transporte interior e internacional de viajeros, que se llevarán a cabo en el ámbito territorial de Mallorca y Formentera, de acuerdo con el convenio de encomienda de gestión firmado entre el Gobierno de las Illes Balears y el Consejo Insular de Formentera, que se llevarán a cabo el mes de abril de 2020.

Debido al estado actual de alarma en el que nos encontramos a causa de la emergencia sanitaria causada por el coronavirus las fechas y otros aspectos de esta convocatoria pueden verse alterados.

Requisitos para concurrir al examen:

1. Únicamente podrán concurrir a las pruebas las personas que acrediten que cuentan con alguno de los siguientes títulos de formación:

– Título de bachiller o equivalente.
– Título de técnico, acreditativo de haber superado una formación profesional de grado medio.
– Título de técnico superior, acreditativo de haber superado una formación profesional de grado superior.
– Cualquier título acreditativo de haber superado enseñanzas universitarias de grado o postgrado.

2. En el caso de que la titulación para concurrir a las pruebas se justifique de acuerdo con la equivalencia del título de que se dispone con cualquiera de los relacionados en el apartado anterior efectuada por el órgano competente en materia de educación, se presentará el original o una copia compulsada del documento acreditativo de la equivalencia mencionada.

Domicilio y requisitos de los aspirantes:

Los aspirantes al reconocimiento de la competencia profesional solo podrán concurrir a los ejercicios que lleva a cabo el Tribunal nombrado por la Consejería de Movilidad y Vivienda si tienen el domicilio legal en la isla de Mallorca o Formentera.

Para ello, tienen que presentar al correspondiente Tribunal, en el momento del inicio de los ejercicios, el original del documento nacional de identidad, en que figure el domicilio en el ámbito territorial donde se extiende la actuación del Tribunal. Cuando se hayan producido cambios de domicilio que no haya sido posible reflejar en el DNI, el domicilio se justificará mediante un certificado de empadronamiento expedido por el correspondiente ayuntamiento que acredite que se ha tenido el domicilio en un lugar diferente, como mínimo 185 días naturales del último año.

También se admitirá a las pruebas a los aspirantes que, aunque hayan tenido el domicilio en un lugar diferente menos de 185 días del último año, se hayan visto obligados a cambiar la residencia por razones familiares o profesionales. Esta circunstancia no se entenderá cumplida cuando se trate de una estancia temporal en una localidad para la realización de una actividad de duración determinada o por la asistencia a una universidad, escuela o centro docente.

Las personas que justifiquen tener el domicilio en territorio extranjero podrán concurrir a las pruebas y deberán presentar la correspondiente solicitud junto con los justificantes oportunos a la Dirección General de Movilidad y Transporte Terrestre o al Consejo Insular de Eivissa

Solicitudes:

El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles desde la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Se acompañará de una fotocopia del DNI o del NIF en caso de que en el DNI no figure la letra asignada. Si se produjeran las circunstancias reglamentariamente previstas que posibiliten presentarse a las pruebas en un lugar distinto de aquel en que la persona solicitante tenga el domicilio habitual, deberá presentar los documentos acreditativos de estas circunstancias.

 

Para ampliar información conulta este BOIB: http://www.caib.es/sites/direcciogeneraldetransports/es/competencia_profesional-2931/

Medidas excepcionales de atención en las oficinas del SEPE a consecuencia del Coronavirus

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) cierra la atención al público presencial en sus Oficinas de Empleo

Desde el pasado 16 de marzo las oficinas de prestaciones del SEPE no ofrecerán un servicio de atención al público presencial a consecuencia de la pandemia del COVID 19.

¿Cuáles son las formas de contacto con el SEPE?

Las formas de contacto con el SEPE serán a través del formulario de contacto que aparece en la SEDE electrónica y de los teléfonos de contacto fijos provinciales y líneas 901 que figuran en la página web del SEPE.

Con esta medida, de carácter extraordinario, se pretende atender a las recomendaciones de las autoridades sanitarias por motivos de salud pública, evitando los desplazamientos de los ciudadanos y el contacto presencial.

El cierre de las Oficinas al público forma parte del conjunto de medidas adoptadas por el SEPE, en coordinación con las CC.AA., en el seno del Sistema Nacional de Empleo. Los centros de trabajo se mantendrán en funcionamiento a puerta cerrada, garantizando la tramitación de las prestaciones por desempleo.

El SEPE reforzará la atención telefónica y por medios electrónicos

El SEPE se compromete a reforzar la atención telefónica y por medios electrónicos para poder realizar todos los trámites relacionados con las prestaciones por desempleo.

Se interrumpen los plazos de los procedimientos para no perjudicar a la ciudadanía

Es importante resaltar además, que se ha decretado desde hoy la suspensión de términos y la interrupción de plazos de los procedimientos administrativos aprobadas, para no perjudicar a la ciudadanía.

 

FUENTE: SEPE

Bolsa de trabajo de funcionarios/as interinos/as auxiliares administrativos/as en el Ayuntamiento de Algaida.

    Se ha aprobado la convocatoria y las bases que regirán el proceso selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo de funcionarios y funcionarias interinos/as auxiliares administrativos/as de la escala de administración general, del grupo C, subgrupo C2, para posteriores nombramientos como personal funcionario interino.

    El término de presentación de instancias será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, BOIB (2 de marzo de 2020).

    Para formar parte en las pruebas selectivas será necesario reunir las condiciones siguientes:

    a) Ser español o tener la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea de acuerdo con las previsiones contenidas en el artículo 57 del TREBEP.

    b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa.

    c) Estar en posesión del título de ESO, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente, o estar en condiciones de obtenerla en la fecha en que finalice el término de presentación de solicitudes.

    En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, las personas aspirantes tendrán que estar en posesión de la credencial que acredite la homologación o de la credencial para el ejercicio de la profesión correspondiente.

    d) Acreditar el conocimiento de la lengua catalana nivel B2 mediante un certificado expedido por el EBAP, o bien por los títulos, diplomas y certificados homologados.

    e) Poseer la capacidad funcional para el desarrollo de las funciones.

    f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de funciones públicas por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desarrollaba en el caso de personal laboral, en el que hubieran sido separados o inhabilitados. En el caso de pertenecer a otro estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos, el acceso al servicio público.

    Los requisitos establecidos en los apartados anteriores se tendrán que cumplir el último día del término de presentación de instancias.

    Antes de tomar posesión de la plaza, el interesado deberá hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni realiza ninguna actividad en el sector público delimitado por el art. 1 de la Ley 53/1984, y que no percibe pensión de jubilación, retiro u orfandad. Si realiza alguna actividad privada, incluida la de carácter profesional, lo deberá declarar en el plazo de diez días naturales contados a partir del día de la toma de posesión, para que la corporación acuerde la declaración de compatibilidad o incompatibilidad. Además, deberá presentar un certificado de no tener antecedentes penales por delitos sexuales.

    Para más información, consulta el siguiente enlace: http://www.caib.es/eboibfront/ca/2020/11125/632743/convocatoria-i-bases-per-a-la-creacio-mitjancant-c

     

    Dudas sobre trámites en las oficinas del SOIB a causa del coronavirus

     

    Tenía cita con el SOIB, ¿tengo que ir?

    Si ya tienes una cita concertada en tu oficina, te llamarán para, siempre que sea posible, atenderte telefónicamente con soporte telemático para que no tengas que desplazarte a la oficina. Recuerda que puedes pedir cita a través de la aplicación de cita previa del Gobierno, a través de este enlace o llamando al 971225791.

     

    Tenía que empezar a trabajar y la empresa me ha dicho que no vaya, ¿qué hago?

    La empresa tiene que especificar los motivos por los cuales no te llaman. En caso de hacer un ERTE, los fijos discontinuos se incluyen en el expediente y tendrán acceso a prestación. Si te despiden sin hacer un ERTE, Inspección de Trabajo puede intervenir y sancionar: habla con tus representantes sindicales.

     

    Me tocaba sellar la demanda estos días, ¿cómo lo tengo que hacer?

    No tienes que hacer nada. Desde el SOIB renovarán de forma automática todas las demandas desde el 16 de marzo hasta el 30 de abril.

    Si todavía te quedan dudas, puedes llamar directamente a tu oficina. Encontrarás todos los teléfonos en este enlace.

     

    ¿Qué puedo hacer desde casa?

    Si alguna vez estuviste inscrito en el SOIB y diste tu número de teléfono móvil, hay ciertos trámites que puedes hacer en linea, como darte de alta o cambiar los datos de la demanda. Si lo necesitas, también puedes pedir cita y te llamaremos a la hora indicada.

     

    Me han despedido, ¿qué hago?

    La empresa tiene que especificar los motivos de tu baja. Tampoco no te puede dar de baja sin notificarlo. Si te despiden sin hacer un ERTE, Inspección de Trabajo puede intervenir y sancionar: habla con tus representantes sindicales.

     

    La empresa quiere hacer un ERTE, ¿qué tengo que hacer?

    No es necesario que vayas a tu oficina del SOIB, te tramitarán el alta de forma telemática. Tienes derecho a prestación por desempleo y el SEPE también ha habilitado vías telemáticas para solicitarla. Tu contrato queda en suspensión y, cuando acabe el período del ERTE, volverás a tu puesto de trabajo con las mismas condiciones. Si tienes dudas, las puedes hacer llegar a eres@caib.es

     

    Para otras consultas o para mantenerte actualizado/a con las últimas noticias relacionados con el SOIB no olvides visitar su página web.