Principales OBSTÁCULOS de las mujeres en el empleo

Aunque se han llevado a cabo grandes avances, todavía son muchos los retos que ha de superar la sociedad para conseguir una plena igualdad de oportunidades para todos los géneros. Las mujeres continúan estando en una posición de clara desventaja con respecto a los hombres en el mundo laboral.

Estos son algunos de los obstáculos que se presentan hoy a las mujeres:

DESIGUALDAD SALARIAL ENTRE MUJERES Y HOMBRES

La brecha salarial entre mujeres y hombres es un hecho constatado. No se justifica ni por la formación, ni por el puesto, ni por el tamaño de la empresa, ni siquiera por la jornada que se realice. Por este motivo, la recomendación para medir la brecha salarial es dar el promedio salarial por hora trabajada. Según los últimos datos recogidos por Eurostat, la brecha se sitúa en el 15,1%. Esta es la diferencia entre el salario que cobra una española al mes y el que gana un español.

Hace unos meses, se aprobó el registro salarial por género, gracias al cual las empresas están obligadas a anotar los sueldos de la plantilla desglosados por género. Cualquier persona empleada puede acceder a este registro. Además, las empresas de más de 50 trabajadores están obligadas a elaborar un plan de igualdad e implementarlo en menos de tres años. Todavía tenemos que esperar un tiempo para analizar si estas medidas conseguirán reducir la brecha salarial.

PRECARIEDAD LABORAL Y MAYOR CARGA DE CUIDADOS

Uno de los indicadores que denotan que la mujer sufre mayor precariedad laboral que el hombre es atender al número de horas que están contratadas. Según datos recogidos por la Encuesta de Población Activa para el total del 2018, el 75,5% del trabajo a tiempo parcial lo realizan mujeres. El problema de este tipo de jornada es que es involuntario. Más de la mitad de las mujeres que trabajan a tiempo parcial desearían una jornada a tiempo completo.

Por otro lado, el 59,4% de las personas paradas son mujeres. Si se tienen en cuenta las cifras de paro de larga duración, es decir, las personas que llevan más un año sin encontrar trabajo, el porcentaje de mujeres se dispara hasta el 64%.

Pero uno de los indicadores más implacables de precariedad relacionada con la vida laboral es la brecha que aparece en el cobro de las pensiones. Todos los factores mencionados, unidos, principalmente, a que hace años las jornadas de muchas mujeres estaban dedicadas íntegramente a trabajo no remunerado, como el cuidado de menores, personas dependientes y del hogar, han tenido como consecuencia que ellas cobren menos que ellos a la hora de jubilarse. Los hombres cobran una pensión un tercio superior a la de las mujeres.

Súmesele a toda esta situación, que las mujeres cumplen en mayor medida una doble jornada que los hombres. Esto es, trabajan fuera de casa y, cuando llegan a su hogar, la jornada de cuidados y labores domésticas continúa muy por encima de lo que continúa la de los hombres.  Según datos de la última Encuesta de Empleo del Tiempo elaborada por el Instituto Nacional de Estadística, el 92,2% de mujeres cumplen con este tipo de cometidos y dedica una media de 4,5 horas diarias a llevarlos a cabo. Sin embargo, el porcentaje de hombres con doble jornada se reduce hasta el 74,4% y su media de dedicación diaria es de tan solo 2,5 horas.

TECHO DE CRISTAL Y FUTURO EN LAS STEM

Hay que tener en cuenta que las mujeres no figuran por igual en todas las funciones, su número comienza a descender cuanto más aumenta el cargo. Es lo que se conoce como techo de cristal. Según un estudio del Instituto Europeo por la Igualdad de Género, solo el 21% de los cargos en consejos de administración de grandes empresas españolas están ocupados por mujeres.

Por otro lado, las mujeres tampoco tienen la misma presencia por sectores. Hay una clara infrarrepresentación de la mujer en las profesiones STEM, es decir, las relacionadas con titulaciones de Ciencia, Tecnología, Ingeniería y Matemáticas, que son las que gozarán de mayor relevancia en el futuro. Según el último informe de Científicas en cifras, tan solo el 24% del personal investigador en universidades de Ingeniería y Tecnología son mujeres. Este mismo documento incide en que son notables las brechas de género a favor de los hombres en el conjunto de ayudas a proyectos de I+D+i.

Los estudios sobre este tema insisten en que es necesario incentivar la vocación científica desde la etapa infantil. A las niñas les falta referentes femeninos y hay una menor confianza en sus capacidades para la ciencia y las matemáticas. Esto provoca que solo un 20% de las estudiantes españolas elijan estudiar una carrera STEM.

FUENTE: synergie.es

Nuevo convenio de colaboración con Kverd

ORIENTA-USO ha firmado esta semana un nuevo convenio de colaboración con la Empresa de alimentación animal saludable y respetuosa con el medio ambiente que cuenta además con servicios de peluquería y adiestramiento,

Kverd

Agradecemos la confianza y deseamos  poder mantener esta relación de colaboración mutua durante mucho tiempo.

 

 

Convenio de Colaboración con AMADIP ESMENT

El programa ORIENTA ha firmado recientemente un nuevo Convenio de Colaboración con una de las entidades de referencia y con mayor implantación en las Islas Baleares, en el trabajo con personas con discapacidad intelectual, con una antigüedad de más de 50 años.

Nuestro agradecimiento a AMADIP ESMENT.

Esperamos poder mantener a lo largo del tiempo sinergias de colaboración positivas y una fructífera relación en beneficio del colectivo y de las familias con las que ambas organizaciones trabajamos.

 

 

Si quieres conocer más sobre AMADIP ESMENT clicka aquí.

Próximos cursos de formación en AMADIBA 2020-2021

Cursos i serveis que s’ofereixen des d’Amadiba educació per al curs 2020 – 2021.

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Per accedir a formació professional, trobareu en aquest enllaç el calendari d’admissió de la conselleria d’educació: http://www.caib.es/sites/fp/ca/admissia_curs_2020-2021/

Per a qualsevol altre dubte, podeu posar-vos en contacte a través dels següents correus o bé telefonar al centre:

971479407

secretaria@totheducatiu.com

info@totheducatiu.com

El Instituto de la Mujer publica el informe “Género y cambio climático: un diagnóstico de situación”

“Género y cambio climático: un diagnóstico de situación”

  • Trabajo pionero de recopilación de estudios de la última década sobre cambio climático con perspectiva de género, ofreciendo un completo análisis del tema
  • Describe la situación de las mujeres y hombres con respecto a las causas y consecuencias del cambio climático y detalla las iniciativas y políticas públicas realizadas en el ámbito internacional, nacional y autonómico

El Instituto de la Mujer ha publicado el informe “Género y Cambio Climático: un diagnóstico de situación”, que constituye un trabajo pionero de recopilación de análisis de la última década sobre cambio climático, desde la perspectiva de género, ofreciendo un amplio panorama sobre la materia.

El informe pone de manifiesto cómo las mujeres se ven más afectadas por las consecuencias del cambio climático, cómo tienen una mayor concienciación frente al mismo y cómo adoptan en mayor medida comportamientos respetuosos con el medio ambiente.

Sus conclusiones señalan los principales desafíos a afrontar en la lucha contra el cambio climático:

  • Realizar una transición climática socialmente justa con sistemas de protección social adecuados que eviten bolsas de pobreza energética.
  • Medir de forma sistemática el impacto diferencial en mujeres y hombres y elaborar indicadores con información desagregada por sexos, que permitan realizar un seguimiento de la eficacia de las políticas desarrolladas y su contribución a la igualdad.
  • Fomentar la participación paritaria de mujeres y hombres en el análisis de las necesidades, la adopción de decisiones y la puesta en marcha de actuaciones, tanto a nivel local como estatal o internacional.

Así mismo, entre las recomendaciones el informe destaca la necesidad de:

  • Introducir el enfoque de género en las líneas de acción relacionadas con la producción, gestión y uso de la energía, con los ecosistemas del agua, con la gestión y eliminación de residuos y la contaminación del aire, así como en la protección de la biodiversidad, los modelos de consumo o la agricultura sostenible.
  • Tener en cuenta las diferencias entre mujeres y hombres en cuanto a capacidad, poder, resiliencia social, vulnerabilidad y recursos disponibles.
  • Aplicar la evaluación de impacto de género en las subvenciones a proyecto de lucha contra el cambio climático, valorando cuestiones como el análisis del territorio y la población afectada, y con datos desagregados por sexo.
  • Realizar análisis detallados con datos desagregados por sexo en materia de pobreza energética.
  • Realizar campañas de concienciación de la amenaza climática y de la necesidad de consumir recursos y eliminar residuos de forma responsable.
  • Aplicar políticas de igualdad efectiva en materia de urbanismo.
  • Propiciar la participación de las mujeres como agentes de cambio y en foros y eventos en los que se debata la respuesta contra el cambio climático.

El informe consta de tres partes: La primera es una aproximación a la situación de partida de hombres y mujeres ante algunos de los principales indicadores de sostenibilidad medioambiental, como los hábitos de consumo y movilidad, el impacto por sexos con respecto a la salud o la pobreza energética, la presencia de mujeres en el sector laboral medioambiental o en espacios de toma de decisión. La segunda versa sobre consecuencias del cambio climático sobre mujeres y hombres. Y en la tercera se analizan las diferentes actitudes ante el cambio climático y el medio ambiente.

Por último, se recoge amplia información sobre las políticas públicas que se están aplicando en materia de cambio climático con enfoque de género, tanto desde el ámbito internacional como desde el comunitario, nacional y local. En este sentido, se evidencia que la integración de la perspectiva de género en las estrategias internacionales es relativamente reciente, destacando la iniciativa de la Cumbre sobre la Acción Climática de la ONU, celebrada en Nueva York en septiembre de 2019, liderada por España, junto con Perú. Igualmente recoge detalladamente la recopilación, realizada por el Instituto Europeo de Género, de los compromisos adquiridos en la Unión Europea en el último decenio sobre género y cambio climático; por último, describe los organismos españoles con competencias en la materia y las principales políticas públicas estatales y de las comunidades autónomas, incluidas las que están pendientes de aprobación a la fecha de publicación del estudio.

Algunos datos reflejados en el informe, a partir de las encuestas e investigaciones analizadas, son:

  • Las mujeres, niños y niñas pueden tener hasta 14 veces más probabilidades de morir en caso de desastres naturales en los países con más desigualdad de género.
  • El 80% de personas refugiadas climáticas son mujeres.
  • El 72 % de la población española considera importante la incidencia del consumo sobre el cambio climático, superando la media europea (67 %), por sexos, así lo consideran el 77 % de las mujeres, frente al 67 % de los hombres.
  • El 86,2 % de las mujeres considera totalmente o bastante importante la sostenibilidad de los productos de alimentación que compran, mientras que el porcentaje desciende 17,1 puntos porcentuales en los hombres. Un 84,3 % de ellas estarían dispuestas a pagar más por productos producidos de manera sostenible (4,1 puntos porcentuales más que los hombres). Y el 72 % han disminuido el consumo de carne, en este caso representan 12 puntos porcentuales más que los hombres.

Igualmente se manifiesta una mayor tendencia de las mujeres a separar de residuos, a utilizar medios de transporte público o compartidos.

FUENTE: INSTITUTO DE LA MUJER Y PARA LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

Campaña de Acción Solidaria de Mallorca Sense Fam

Desde USO ILLES BALEARS y el programa ORIENTA queremos contribuir a la difusión de esta nueva campaña de captación de fondos solidarios que nos hace llegar la ONG Mallorca Sense Fam.

Os animamos a colaborar!! Por un mundo más justo!!

 

AQUÍ: NOTA INFORMATIVA ACCIÓN SOLIDARIA SON CALO 2019 O.K. V. 2 (4)

Ante la imposibilidad de realizar eventos o acciones para la captación de fondos, motivada por el estado de alarma y de confinamiento, Mallorca Sense Fam, lanza la acción solidaria que ha creado Miquel Oliver Vinyes i Bodegues de Petra para lograrlos y así continuar con  la adquisición de alimentos y de artículos de higiene personal y de limpieza del hogar.

 

Programas Mixtos de formación-ocupación de 16 a 29 años

Programas que incluyen formación en un certificadot de profesionalidad y trabajo remunerado en entidades públicas.
Requisitos de acceso
Si optas como alumnado – trabajador/a
– Debes tener entre 16 y 29 años
– En el momento de la selección debes estar inscrito o inscrita en el SOIB como demandante de empleo en situación de paro
– Tienes que estar de alta en la plataforma del Sistema Nacional de Garantía Juvenil como persona beneficiaria el día antes de la contratación
– No debes tener la cualificación profesional para la ocupación objeto del contrato
Inscripción a ofertas de alumnado – trabajador/a y de docentes / personal directivo / administración:

Accede al buscador para consultar e inscribirte a las ofertas

En cada oferta verás el plazo para inscribirte. En esta inscripción debes adjuntar tu currículum vitae.
ATENCIÓN: periódicamente se publican ofertas nuevas.

APERTURA – Atención presencial con cita PREVIA

ORIENTA ha vuelto a abrir sus puertas a la atención presencial de usuarios y usuarias, previa cita el pasado día 15 de junio de 2020.

Hemos equipado el Servicio de Orientación Laboral de USO, con las medidas necesarias para reanudar la atención con todas las garantías de seguridad: uso de mascarillas, gel hidroalcohólico, mamparas, distancia de seguridad extra en las mesas de atención, etc.

Si eres usuario/a y necesitas atención presencial contacta con tu orientadora laboral por Whatsapp o solicita cita previa en:

971 27 79 14 – orienta@usoib.es

  • RECORDAMOS que es obligatorio el uso de mascarilla para todas las personas usuarias dentro de las instalaciones del Servicio de Orientación Laboral de USO.
  • Rogamos puntualidad en las citas ya que no se permite la espera dentro del recinto.

QUÉ TE VAN A PEDIR PARA SOLICITAR EL INGRESO MÍNIMO VITAL  TODO LO QUE TIENES QUE SABER PARA SOLICITARLA Y DÓNDE HACERLO

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1. Beneficiarios individuales:

  • Personas de entre 23 y 65 años que vivan solas o que, aunque compartan domicilio con una unidad de convivencia, no se integren en ella, siempre que:
    • No estén casadas, salvo que hayan iniciado los trámites de separación o divorcio.
    • No estén unidas a otra persona como pareja de hecho.
    • No formen parte de otra unidad de convivencia.
    • Hayan vivido de forma independiente durante al menos los tres años anteriores a la solicitud, salvo que hayan abandonado el domicilio habitual por ser víctimas de violencia de género, hayan iniciado trámites de separación o divorcio u otras circunstancias que se determinen. Se entiende que una persona ha vivido de forma independiente si ha permanecido de alta en la Seguridad Social al menos doce meses, continuados o no, siempre que acredite domicilio distinto al de sus progenitores, tutores o acogedores durante los tres años.
  • Mujeres mayores de edad víctimas de violencia de género o víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual.
  • No tienen derecho a la prestación las personas usuarias de una prestación de servicio residencial, de carácter social, sanitario o sociosanitario, con carácter permanente y financiada con fondos públicos, salvo en el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género o víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual.

2. Titulares de la unidad de convivencia:

Los titulares del IMV, es decir, las personas que perciben la prestación en nombre de la unidad de convivencia y la representan, deberán tener plena capacidad de obrar y una edad entre 23 y 65 años.

También podrán ser titulares, siempre que tengan plena capacidad de obrar:

  • Las  personas mayores de edad o menores emancipados, cuando tengan hijos o menores en régimen de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.
  • Los mayores de 65 años si la unidad de convivencia está solo formada por personas mayores de 65 años y menores de edad o personas incapacitadas judicialmente.En todo caso, en un mismo domicilio podrá haber como máximo dos titulares.

3. Unidad de convivencia:

  • La unidad de convivencia está formada por todas las personas que vivan en un mismo domicilio, unidas por vínculo matrimonial o como pareja de hecho, y sus familiares hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad, adopción, y otras personas con las que conviva en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.
  • También son unidades de convivencia:
    • La formada por una persona víctima de violencia de género que haya abandonado su domicilio familiar habitual acompañada de sus hijos o menores en régimen de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente y sus familiares hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad
    • La formada por una persona que haya iniciado los trámites de separación o divorcio y sus hijos o menores en régimen de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente y sus familiares hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad.
    • La formada por dos o más personas mayores de entre 23 y 65 años que habiten el mismo domicilio sin mantener entre sí una de las relaciones señaladas en los puntos anteriores, en los términos que se determinen y siempre que hayan vivido de forma independiente al menos los 3 años anteriores a la solicitud, salvo que hayan abandonado el domicilio habitual por ser víctimas de violencia de género, hayan iniciado trámites de separación o divorcio u otras circunstancias que se determinen. Estas unidades de convivencia, o una persona beneficiaria individual pueden compartir vivienda con otra unidad de convivencia constituida por miembros de una familia o relación análoga.
  • La unidad de convivencia debe estar constituida de forma continuada durante al menos el año anterior a la presentación de la solicitud.
  • No será necesario que la unidad de convivencia esté constituida con un año de antelación a la presentación de la solicitud en los siguientes supuestos:
    • Mujeres que hayan abandonado su domicilio habitual por ser víctimas de violencia de género, acompañada de sus hijos o menores en régimen de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente y sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
    • Personas que hayan iniciado los trámites de separación y divorcio, acompañada de sus hijos o menores en régimen de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente y sus familiares hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad.
    • Personas víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual.
    • En los supuestos en los que en la unidad de convivencia se integren nuevos miembros por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.
    • Otros supuestos que se determinen reglamentariamente.
  • Se considerará que no rompe la convivencia la separación transitoria por razón de estudios, trabajo, tratamiento médico, rehabilitación, u otras circunstancias similares .
  • Una misma persona no puede formar parte de más de una unidad de convivencia.

Requisitos

Los siguientes requisitos deben cumplirse tanto en el momento de la presentación de la solicitud como de sus revisiones, y mantenerse al dictar la resolución y durante el tiempo de la percepción de la prestación:

1. Tener residencia en España:

Los beneficiarios individuales o miembros de una unidad de convivencia deben tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año anterior a presentar la solicitud, con excepción de:

  • Las personas incorporadas a la unidad de convivencia por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.
  • Las personas víctimas de trata de seres humanos y de explotación sexual circunstancia que acreditarán mediante informe emitido por los servicios públicos encargados de la atención integral a estas víctimas o por los servicios sociales.
  • Las mujeres víctima de violencia de género acreditada por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

2. Estar en situación de vulnerabilidad económica:     

Para determinar la situación de vulnerabilidad económica se toma en consideración la capacidad económica de la persona solicitante individual o de la unidad de convivencia, computando los recursos de todos sus miembros.

Este requisito se cumple cuando el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior sea inferior al menos en 10 euros a la cuantía mensual garantizada por el ingreso mínimo vital que corresponda según la modalidad y el número de miembros de la unidad de convivencia.
No computan como ingresos los salarios sociales, rentas mínimas de inserción y ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.

No se considera en situación de vulnerabilidad económica la persona beneficiaria individual que sea titular de un patrimonio, sin incluir la vivienda habitual, valorado en un importe igual o superior a tres veces la cuantía correspondiente de renta garantizada por el ingreso mínimo vital para una persona beneficiaria individual. En 2020 esto equivale a 16.614 euros.

Cuando se trate de unidades de convivencia, no se considera en situación de vulnerabilidad económica cuando sean titulares de un patrimonio, sin incluir la vivienda habitual, valorado en un importe igual o superior al que se indica en esta tabla en función del tamaño y configuración de la unidad de convivencia.

Escala de Incrementos Límite euros
Un adulto solo 16.614 16.614,00
Un adulto y un menor 1,4 23.259,60
Un adulto y dos menores 1,8 29.905,20
Un adulto y tres o más menores 2,2 36.550,80
Dos adultos 1,4 23.259,60
Dos adultos y un menor 1,8 29.905,20
Dos adultos y dos menores 2,2 36.550,80
Dos adultos y tres o más menores 2,6 43.196,40
Tres adultos 1,8 29.905,20
Tres adultos y un menor 2,2 36.550,80
Tres adultos y dos o más menores 2,6 43.196,40
Cuatro adultos 2,2 36.550,80
Cuatro adultos y un menor 2,6 43.196,40
Otros 2,6 43.196,40

Tampoco se consideran en situación de vulnerabilidad económica, con independencia de la valoración del patrimonio, las personas beneficiarias individuales o las personas que se integren en una unidad de convivencia en la que cualquiera de sus miembros sea administrador de derecho de una sociedad mercantil.

3. Haber solicitado las pensiones y prestaciones a las que pueda tener derecho, en los términos que se fijen. Se exceptúan salarios sociales, rentas mínimas de inserción y ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.

4. Figurar inscritos como demandantes de empleo, cuando se trate de personas mayores de edad o menores emancipados, si no están trabajando.

La percepción de la prestación del ingreso mínimo vital será incompatible con la percepción de la asignación económica por hijo o menor acogido a cargo, sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33 por 100, cuando exista identidad de causante o beneficiaros de esta, sin perjuicio de la posibilidad de ejercer el derecho de opción por una de ellas.

Acreditación de los requisitos

1. La identidad tanto de las personas solicitantes como de las que forman la unidad de convivencia, se acreditará mediante el documento nacional de identidad en el caso de los españoles o el libro de familia o certificado literal de nacimiento, en el caso de los menores de 14 años que no tengan documento nacional de identidad, y mediante el documento de identidad de su país de origen o de procedencia, o el pasaporte, en el caso de los ciudadanos extranjeros.

2. La residencia legal en España se acreditará mediante la inscripción en el registro central de extranjeros, en el caso de nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o la Confederación Suiza, o con tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión o autorización de residencia, en cualquiera de sus modalidades, en el caso de extranjeros de otra nacionalidad.

3. El domicilio en España se acreditará con el certificado de empadronamiento.

4. La existencia de la unidad de convivencia  se acreditará mediante el  libro de familia, certificado del registro civil, inscripción en un registro de parejas de hecho y certificado de empadronamiento en la misma vivienda.

5. La existencia de los siguientes tipos de unidad de convivencia se acreditará con el certificado de empadronamiento donde consten todas las personas empadronadas en el domicilio del solicitante:

    • La formada por una persona víctima de violencia de género que haya abandonado su domicilio familiar acompañada de sus hijos o menores en régimen de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente y sus familiares hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad. Esta circunstancia se acreditará por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de protección Integral contra la Violencia de Género.
    • La formada por una persona que haya iniciado los trámites de separación o divorcio y sus hijos o menores en régimen de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente y sus familiares hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad. En este caso deberá acreditarse, además, con la presentación de la demanda o resolución judicial.
    • La formada por dos o más personas mayores de 23 años o menores de 65 que habiten el mismo domicilio sin mantener entre sí una de las relaciones señaladas en los puntos anteriores, en los términos que se determinen y siempre que hayan vivido de forma independiente al menos los 3 años anteriores a la solicitud, salvo que hayan abandonado el domicilio habitual por ser víctimas de violencia de género, hayan iniciado trámites de separación o divorcio u otras circunstancias que se determinen.

6. La verificación del cumplimiento de los requisitos de ingresos y patrimonio para el acceso y mantenimiento de la prestación económica de ingreso mínimo vital, se realizará por la entidad gestora conforme a la información que se recabe por medios telemáticos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y en las Haciendas Tributarias Forales de Navarra y de los territorios históricos del País Vasco. A tales efectos, se tomará como referencia la información que conste en esas Haciendas Públicas respecto del ejercicio anterior a aquel en el que se realiza esa actividad de reconocimiento o control, o en su defecto, la información que conste más actualizada en dichas Administraciones públicas.

En su solicitud, cada interesado autorizará expresamente a la administración que tramita su solicitud para que recabe sus datos tributarios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de las Administraciones Tributarias de las Comunidades Autónomas, de la Hacienda Foral de Navarra o Diputaciones Forales del País Vasco y de la Dirección General del Catastro Inmobiliario.

7. La situación de demandante de empleo quedará acreditada con el documento expedido al efecto por la administración competente o mediante acceso electrónico por parte de la entidad gestora.

8. No será exigible al solicitante la acreditación de hechos, datos o circunstancias que la Administración de la Seguridad Social deba conocer por sí misma, tales como la situación del beneficiario en relación con el sistema de la Seguridad Social; o la percepción por los miembros de la unidad de convivencia de otra prestación económica que conste en el registro de prestaciones sociales públicas.

CURSOS DE VERANO PARA PERSONAS ADULTAS

Información sobre los próximos CURSOS de Verano para personas adultas ofrecidos por el Ajuntament de Palma

2020_-FULL-INFORMATIU-CURSOS-ESTIU.pdf

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