Día de la Conciliación y la Corresponsabilidad

En 2018, el Gobierno aprobó el día 23 de marzo como el Día de la Conciliación de la vida personal, familiar y laboral y de la Corresponsabilidad en la asunción de responsabilidades familiares con el objetivo de mejorar la calidad de vida de todas las personas y para caminar hacia la erradicación de las desigualdades entre mujeres y hombres en todos los ámbitos de la vida.

Entre las materias que se pretendía trabajar hacia la conciliación y la corresponsabilidad real se encuentran la aplicación de horarios racionales, implantar mecanismos de flexibilización de la jornada entre otras, si bien no se contempla de forma clara el de teletrabajo en ese documento.

Teletrabajo durante la crisis del coronavirus

Ante la crisis sanitaria que nos azota actualmente, y como consecuencia del cierre de los centros educativos millones de padres no tienen posibilidad de acogerse al teletrabajo por la naturaleza de su puesto de trabajo y se ven abocados a tener que elegir entre cuidar a sus hijos o perder el empleo.

Desde el sindicato USO y para favorecer la conciliación en estos momentos consideramos que el teletrabajo sirve de gran ayuda para las familias que no tienen con quien dejar a sus hijos/as, no obstante, en condiciones normales, consideramos que las medidas asociadas al teletrabajo serían más eficientes cuando los niños/as estén escolarizados pues trabajar desde casa con niños/as en edades inferiores a los 12 años, con las necesidades que demandan, puede ser un auténtico caos y el rendimiento de la persona trabajadora no será el mismo.

En condiciones de escolarización habitual los/as progenitores/as se ahorran los tiempos de desplazamiento al trabajo, se reduce el estrés de conducir y las emisiones contaminantes que se generan, y se facilita la conciliación y la corresponsabilidad pues los progenitores podrían llevar y recoger a los/as menores de los centros educativos y habría mayor disponibilidad para pasar más horas juntos/as.

Además, esta crisis está suponiendo un primer acercamiento al teletrabajo real, y se está viendo cómo determinados trabajos sí pueden realizarse desde el domicilio del trabajador con una adecuada adaptación, que no se está dando actualmente por la urgencia de las medidas, pero que dándose la adaptación junto con una buena regulación del teletrabajo en la negociación colectiva, bien estructurado y regulado, podrían facilitar el mismo.

Imposibilidad de teletrabajar

Ante la imposibilidad de teletrabajar en la situación actual, la conciliación pasa por la adopción de los/as progenitores/as de la modificación o de la adaptación de la jornada que puede afectar tanto a la distribución del tiempo de trabajo como a cualquier otro aspecto de las condiciones de trabajo, dependiendo de las necesidades de cuidado del solicitante:

  • Se puede solicitar cambio de turno.
  • Modificar el horario.
  • Flexibilizar la jornada.
  • Cambiar de centro de trabajo o de funciones.
  • Modificar la forma de prestación del trabajo, como por ejemplo, hacerlo a distancia.

Así mismo, el Real Decreto aprobado en Consejo de Ministros el 17 de marzo sobre medidas urgentes para aplicar durante la crisis por el coronavirus establece que las personas trabajadoras tendrán derecho a una reducción de jornada con la consiguiente reducción de salario cuando se acrediten deberes de cuidado del cónyuge o pareja de hecho, o de los familiares por consanguinidad, hasta el segundo grado de la persona trabajadora (padres, hijos/as, suegros/as, yernos, nueras, abuelos/as, nietos/as, hermanos/as y cuñados/as), hecho este que discriminará a muchas familias si ambos progenitores/as trabajan y tuvieran que ver reducidos sus ingresos para poder cuidar de sus hijos/as.

 

Fuente: USO

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